viernes, 23 de marzo de 2018

Que hacer en Argentina si te despidieron estando embarazada



Nuestro ordenamiento normativo protege  el per铆odo de embarazo y parte del plazo pos parto con una prohibici贸n relativa del despido de la mujer, que en el caso de ocurrir, adem谩s de las indemnizaciones ordinarias por despido (preaviso e indemnizaci贸n por antig眉edad)se agrega una indemnizaci贸n agravada de un a帽o de remuneraciones, o sea de trece salarios (los salarios del a帽o m谩s el SAC o aguinaldo). 

E sta especial cobertura  se da en base a la presunci贸n de que el despido incausado por los siete meses y medio anteriores a la fecha presunta de parto, y por los siete meses y medio posteriores al parto, es por causa de maternidad y lo castiga con la indemnizaci贸n precitada. 

La Justicia laboral se ha expedido sobre el particular, sosteniendo que “ si bien las normas relativas a la estabilidad de la mujer que trabaja tienen por finalidad obvia disuadir al empleador de posibles actitudes de discriminaci贸n frente a la contingencia de embarazo o maternidad y de all铆 que se las denomine normas de discriminaci贸n positiva o antidiscriminatorias, dicha finalidad no es la 煤nica ya que, en el caso espec铆fico de la maternidad, existen previsiones normativas de rango constitucional y legal que, frente a esa contingencia, otorgan una especial tutela a la trabajadora, aun cuando no medie un acto de discriminaci贸n en su contra". 

La situaci贸n antes mencionada, que prescribe  la Ley de Contrato de Trabajo,  encuentra su sentido en la maternidad de la trabajadora y tiene lugar a continuaci贸n de la licencia obligatoria, por lo cual durante el per铆odo de excedencia rige plenamente la protecci贸n legal, cuya intenci贸n y esp铆ritu no es otro que proteger del despido y/o de cualquier acto discriminatorio a la mujer que ha sido madre y, por ende, al ni帽o y a la familia, especialmente durante el per铆odo pre y post parto.

Es importante destacar, que la trabajadora debe  acreditar debidamente su embarazo, es decir de manera fehaciente, en cuyo caso   la empresa , en el supuesto que decida despedirla , deber谩 abonarle  la indemnizaci贸n agravada legalmente determinada para estos casos´. A su respecto, en la ley que regula el  Contrato de Trabajo (Ley 20.744)  un cap铆tulo que de modo concluyente se refiere a la Protecci贸n de la Maternidad. La normativa antes referida, sostiene  que se le debe garantizar el trabajo durante la gestaci贸n, si la notificaci贸n fue hecha de la manera correspondiente. 

De lo expuesto,  en caso que la empleada  fuere despedida por discriminaci贸n por embarazo, esta deber铆a accionar  por v铆a judicial, con el objeto de reclamar una indemnizaci贸n por despido y un resarcimiento adicional de 13 sueldos.

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