Un flagelo que afecta a nuestros estudiantes. Descubre las implicancias legales y las medidas necesarias para ponerle fin
El acoso escolar es una problemática que impacta de manera significativa en la vida de los estudiantes. En este artículo, exploramos las implicancias legales del bullying y destacamos la importancia de implementar medidas efectivas para prevenir y combatir esta forma de violencia en las instituciones educativas.
El bullying escolar, también conocido como acoso escolar, se refiere a una forma de violencia repetitiva y deliberada que ocurre en entornos educativos. Implica un comportamiento agresivo, intimidatorio o hostil por parte de uno o varios individuos hacia otro, generando un desequilibrio de poder entre el agresor y la víctima. El hostigamiento escolar puede manifestarse de diferentes maneras, como el acoso verbal, la exclusión social, la difusión de rumores, la intimidación física o el ciberacoso a través de medios digitales. Es importante destacar que el bullying es un fenómeno que puede tener efectos devastadores en la salud emocional, psicológica y física de las personas que lo sufren. A menudo, la víctima se siente intimidada, vulnerable y temerosa, lo que puede afectar su rendimiento académico, su autoestima y su bienestar general. Para abordar eficazmente el problema, es fundamental promover la conciencia y la prevención, así como fomentar entornos escolares seguros, inclusivos y respetuosos. Tanto desde el ámbito educativo como desde la perspectiva legal, se deben implementar medidas y políticas que promuevan la detección temprana, la intervención oportuna y la sanción adecuada a los responsables del acoso escolar.
Lo que lo distingue es la presencia de una "conducta de hostigamiento o persecución física o psicológica" por parte de un alumno hacia otro, quien se convierte en el objetivo de ataques repetidos. Se trata de un comportamiento que debe ser constante, sistemático y que requiere de un público que respalde al agresor con su silencio y risas, ya sea de manera directa o encubierta, como estímulo para continuar con dicho comportamiento. A continuación, se describen algunas formas comunes en las que se manifiesta el bullying: Acoso verbal: Incluye insultos, burlas, apodos ofensivos, comentarios humillantes o difamatorios dirigidos hacia la víctima de forma constante. Acoso social o exclusión: Consiste en marginar, ignorar, aislar o excluir a la víctima de actividades grupales, amistades o círculos sociales. Esto puede generar sentimientos de soledad y rechazo en la víctima. Agresión física: Implica el uso de violencia física directa o indirecta, como empujones, golpes, patadas, agarres o daño a la propiedad de la víctima. Ciberacoso: Ocurre a través de medios digitales, como las redes sociales, mensajes de texto, correos electrónicos o aplicaciones de mensajería. El ciberacoso puede incluir difamación, amenazas, divulgación de información privada o la creación de perfiles falsos para acosar a la víctima. Es importante tener en cuenta que el bullying no es un conflicto o una pelea ocasional entre iguales, sino un patrón repetitivo de comportamiento agresivo y de abuso de poder por parte del agresor. La víctima suele encontrarse en una posición de vulnerabilidad, sintiéndose impotente para defenderse. La prevención del hostigamiento implica la educación sobre el respeto, la empatía y la resolución pacífica de conflictos, así como la promoción de entornos escolares seguros y libres de violencia. Además, es fundamental que los adultos estén atentos a los signos de acoso y tomen medidas adecuadas para intervenir y apoyar a las víctimas.
El asedio importa, para la víctima niño, niña o adolescente, una afectación grave a derechos fundamentales de rango constitucional reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño. La bastida escolar afecta los derechos fundamentales de rango constitucional reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño de diversas formas. Derecho a la integridad personal: El bullying implica agresiones físicas y psicológicas que atentan contra la integridad personal de los niños y adolescentes. Esto incluye violencia física, intimidación, insultos, humillaciones y otros comportamientos abusivos que causan daño emocional y físico. Derecho a la educación: El acoso escolar puede interferir con el derecho de los niños a recibir una educación de calidad en un entorno seguro. Los estudiantes acosados pueden experimentar miedo, estrés y ansiedad que dificultan su participación y rendimiento académico. Derecho a la salud: el maltrato puede tener un impacto significativo en la salud física y mental de los niños y adolescentes. Posiblementr provoque trastornos de ansiedad, depresión, baja autoestima, estrés postraumático e incluso conducir a problemas de salud más graves, como trastornos alimentarios y autolesiones. Derecho a la igualdad y no discriminación: El bullying a menudo se basa en diferencias percibidas o reales, como la apariencia física, el género, la orientación sexual, la etnia o la religión. Esto constituye una forma de discriminación y viola el derecho de los niños a ser tratados de manera igualitaria y sin discriminación. Derecho a la participación y libertad de expresión: El acoso escolar puede dificultar la participación activa de los niños en el entorno escolar. El temor a represalias o al rechazo puede limitar su capacidad para expresar sus opiniones, ideas y sentimientos, lo que socava su derecho a participar plenamente en la vida escolar y en la toma de decisiones que los afectan. Es fundamental abordar el bullying escolar desde una perspectiva de derechos humanos para garantizar que los niños y adolescentes disfruten de un entorno educativo seguro, inclusivo y respetuoso. Esto implica la adopción de medidas preventivas, la promoción de la conciencia y la capacitación de la comunidad escolar, así como la implementación de políticas y protocolos eficaces para abordar y responder adecuadamente a los casos de acoso escolar.
En Argentina, la legislación referente se encuentra principalmente en la Ley Nacional de Educación (Ley N° 26.206), la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley N° 26.061) y al abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas (arts. 1, 2, 3, 4 y sig. de la Ley 26.892), que expresamente contemplan «el rechazo a toda forma de discriminación, hostigamiento, violencia y exclusión en las interacciones entre los integrantes de la comunidad educativa» . Aunque no existe una ley específica que trate exclusivamente el bullying, estos marcos legales proveen una base para abordar este problema en el ámbito escolar. Además, es importante tener en cuenta que cada provincia puede contar con su propia legislación específica sobre la temática. La Ley Nacional de Educación establece que los establecimientos educativos deben garantizar un ambiente escolar seguro, sano y libre de violencia, promoviendo la convivencia pacífica y la prevención de conflictos. Asimismo, establece que los docentes y el personal educativo tienen la responsabilidad de intervenir y tomar medidas adecuadas para prevenir, detectar y abordar situaciones de violencia en el ámbito escolar.
Por su parte, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece que todos los niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de violencia, y obliga a las autoridades educativas a promover políticas de prevención y erradicación de la violencia en el ámbito escolar. Además de estas leyes generales, existen normativas provinciales y reglamentos internos de los establecimientos educativos que pueden complementar estas disposiciones y establecer pautas específicas para prevenir y abordar el bullying escolar. Es importante destacar que la legislación proporciona un marco general, pero la implementación y aplicación de medidas concretas para combatir el bullying escolar puede variar según la jurisdicción y las políticas educativas de cada institución.
El artículo 1767 del Código Civil y Comercial de Argentina establece una responsabilidad agravada para los establecimientos educativos en el contexto del acoso escolar o bullying.
"ARTICULO 1767.- Responsabilidad de los establecimientos educativos. El titular de un establecimiento educativo responde por el daño causado o sufrido por sus alumnos menores de edad cuando se hallen o deban hallarse bajo el control de la autoridad escolar. La responsabilidad es objetiva y se exime sólo con la prueba del caso fortuito. El establecimiento educativo debe contratar un seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a los requisitos que fije la autoridad en materia aseguradora. Esta norma no se aplica a los establecimientos de educación superior o universitaria."
Este artículo establece que el establecimiento educativo será responsable por los daños que sufran los alumnos a su cargo, salvo que demuestre que ha cumplido con todas las medidas necesarias para prevenir y evitar el daño. La responsabilidad del establecimiento educativo es considerada agravada debido a la relación especial de guarda y protección que existe entre el establecimiento y los alumnos. Sin embargo, el artículo también establece una única excepción a esta responsabilidad agravada, la cual se aplica en caso de caso fortuito. El caso fortuito se refiere a eventos imprevisibles, inevitables y externos que no pueden ser atribuidos a la negligencia o falta de precaución del establecimiento educativo. En situaciones en las que el daño sufrido por el alumno sea resultado de un caso fortuito, el establecimiento educativo no será considerado responsable por dicho daño. A la luz de la responsabilidad regulada en el art. 1767 del CCyC, los malos tratos o discriminaciones generados por otros alumnos o profesores no pueden ser entendidos como caso fortuito, por tratarse de hechos objetivamente previsibles y evitables. En el contexto del acoso escolar, esto implica que el establecimiento educativo será responsable por los daños sufridos por un alumno a causa del bullying, a menos que pueda demostrar que ha tomado todas las medidas razonables y necesarias para prevenir y abordar adecuadamente el acoso. En otras palabras, el establecimiento debe demostrar que ha implementado políticas, protocolos y acciones concretas para prevenir el acoso escolar, detectarlo a tiempo y tomar medidas efectivas para detenerlo y proteger a los alumnos afectados. Es importante destacar que la responsabilidad del establecimiento educativo en casos de acoso escolar no se limita únicamente al artículo 1767 del Código Civil y Comercial.
Según informes especializados de la UNESCO, se ha establecido una asociación entre el bullying y diversos efectos negativos. Estos incluyen una disminución en el compromiso de los estudiantes para continuar sus estudios, mayores niveles de sentimientos de soledad y pensamientos suicidas, la ocurrencia de lesiones físicas y daños corporales, tasas más altas de consumo de tabaco, alcohol y cannabis, experiencias sexuales a edades más tempranas, menores tasas de satisfacción con la vida y menor calidad de salud. Estos hallazgos resaltan las consecuencias perjudiciales que el bullying puede tener en la vida y el bienestar de los estudiantes. El informe mencionado, titulado "Más allá de los números: Poner fin a la violencia y el acoso en el ámbito escolar", elaborado por Attawell, Kathy, y otros, y publicado por la UNESCO en 2021, ofrece una visión más detallada sobre el papel de los docentes en la prevención y abordaje de la violencia escolar. La información contenida en estos informes subraya la importancia de implementar estrategias efectivas para prevenir y combatir el bullying escolar, y destaca la necesidad de promover entornos escolares seguros, respetuosos e inclusivos.
El bullying no solo no es un fenómeno nuevo, sino que lamentablemente ha experimentado un preocupante aumento en nuestro país. Según un informe regional de UNICEF basado en datos proporcionados por la UNESCO, Argentina se encuentra en la posición más alta en cuanto a los índices de bullying o acoso escolar en la región. Cuatro de cada diez estudiantes de nivel secundario admiten haber sido víctimas de acoso escolar, mientras que uno de cada cinco afirma sufrir burlas de manera habitual (Argentina, UNICEF. "Para cada adolescente una oportunidad. Posicionamiento sobre adolescencia", 2017, p. 2018-04, v. UNESCO, Policy Paper 19, 2017). Estos datos reflejan la preocupante realidad y subrayan la necesidad de abordar eficazmente el problema del bullying en nuestras instituciones educativas.
Existen diversas medidas legales que se pueden implementar para prevenir el bullying escolar.
• Legislación específica: Poner en marcha leyes específicas que aborden el bullying escolar, estableciendo definiciones claras, responsabilidades y consecuencias legales para los acosadores y los establecimientos educativos que no tomen medidas adecuadas para prevenirlo.
• Políticas y protocolos escolares: Establecer políticas y protocolos claros en los establecimientos educativos que aborden el bullying, incluyendo procedimientos de denuncia, investigación y sanciones adecuadas para los acosadores, así como medidas de apoyo y protección para las víctimas.
• Formación y capacitación: Capacitar a docentes, directivos y personal educativo sobre el bullying escolar, sus manifestaciones, consecuencias y estrategias para prevenirlo y abordarlo adecuadamente. Esto incluye promover la conciencia sobre la importancia de un entorno escolar seguro y respetuoso.
• Participación de la comunidad educativa: Fomentar la participación activa de los padres, alumnos y comunidad educativa en la prevención del bullying escolar. Esto puede incluir la creación de comités o consejos escolares dedicados a abordar el acoso y promover un clima de respeto y convivencia pacífica.
• Campañas de sensibilización: Realizar campañas de sensibilización y educación sobre el bullying escolar dirigidas a estudiantes, padres y comunidad en general. Estas campañas pueden incluir charlas, talleres, material educativo y difusión de información relevante sobre el tema.
• Apoyo psicológico: Garantizar la disponibilidad de servicios de apoyo psicológico en los establecimientos educativos para brindar atención y contención a las víctimas de bullying, así como a los agresores que necesiten intervención y rehabilitación.
Es importante tener en cuenta que estas medidas legales deben ser complementadas con un enfoque integral que incluya la promoción de valores de respeto, empatía y tolerancia en la comunidad escolar, así como el fomento de la comunicación abierta y la detección temprana de situaciones de bullying.
La erradicación de estas conductas reprochables requiere de un enfoque integral y la implementación de diversas medidas. En los siguientes puntos, se presentan algunas estrategias efectivas para erradicar el bullying escolar:
• Conciencia y educación: Promover la conciencia y educación sobre el bullying escolar entre los estudiantes, padres, docentes y personal educativo. Esto implica brindar información clara sobre qué es el bullying, sus diferentes formas y consecuencias, así como fomentar la empatía y el respeto mutuo.
• Políticas y protocolos escolares: Establecer políticas y protocolos sólidos en los establecimientos educativos que prohíban el bullying y establezcan procedimientos claros para la denuncia, investigación y consecuencias para los acosadores. Estas políticas deben ser comunicadas de manera efectiva a toda la comunidad educativa.
• Formación y capacitación: Capacitar a docentes y personal educativo en la identificación, prevención y manejo del bullying. Esto incluye brindarles herramientas para intervenir adecuadamente, apoyar a las víctimas y abordar las necesidades de los acosadores.
• Participación de la comunidad: Fomentar la participación activa de los padres, estudiantes y comunidad en general. Esto puede incluir la creación de comités o grupos de trabajo dedicados a la prevención del bullying, donde se promueva la comunicación abierta y se generen estrategias conjuntas.
• Promoción de la empatía y la inclusión: Implementar programas y actividades que fomenten la empatía, el respeto y la inclusión en el entorno escolar. Esto puede incluir talleres, proyectos colaborativos y actividades que promuevan la comprensión de las diferencias y la valoración de la diversidad.
• Apoyo y seguimiento: Brindar apoyo continuo a las víctimas de bullying, así como a los acosadores, a través de servicios de asesoramiento y orientación. Es importante realizar un seguimiento de los casos y ofrecer un ambiente seguro para que los estudiantes puedan expresar sus preocupaciones y recibir el apoyo necesario.
• Promoción de la responsabilidad y la cultura de denuncia: Fomentar una cultura de responsabilidad, donde los estudiantes se sientan seguros para denunciar casos de bullying y se les garantice que se tomarán medidas adecuadas. Esto implica crear espacios de confianza y promover el anonimato en las denuncias si es necesario.
La erradicación del hostigamiento escolar requiere de un esfuerzo conjunto de toda la comunidad educativa, así como la implementación de medidas preventivas y acciones concretas para abordar de manera efectiva cada situación de acoso.
En conclusión, estas situaciones escolares son un problema serio y preocupante que afecta a niños y adolescentes en el entorno educativo. Se caracteriza por actos de violencia y acoso físico o psicológico repetidos hacia una persona específica, generando un desequilibrio de poder y dejando secuelas emocionales y físicas en las víctimas. El acoso escolar tiene consecuencias negativas tanto a corto como a largo plazo, impactando en la salud mental, el rendimiento académico, la calidad de vida y el bienestar general de los estudiantes involucrados. Además, crea un clima de miedo, ansiedad y exclusión en las escuelas, dificultando la participación y el aprendizaje de los estudiantes. Para abordar eficazmente el bullying escolar, es necesario implementar un enfoque integral que incluya medidas preventivas, como la educación y concientización sobre el tema, el establecimiento de políticas y protocolos escolares claros, y la promoción de valores de respeto, empatía e inclusión. También es fundamental brindar apoyo a las víctimas y a los agresores, ofreciendo servicios de asesoramiento y orientación, y fomentando la participación activa de la comunidad educativa. La erradicación del hostigamiento escolar requiere del compromiso y la colaboración de todos los actores involucrados, incluyendo a docentes, directivos, padres y estudiantes. Es un desafío que debe abordarse de manera continua y constante, mediante la implementación de políticas y acciones concretas que promuevan entornos escolares seguros, respetuosos e inclusivos.