Cuando pagás un peaje, confiás en que la autopista te brindará seguridad y fluidez. Pero, ¿qué pasa cuando esa confianza se quiebra? Un reciente fallo de la Cámara Civil y Comercial de Morón, Sala III (causa MO-8988-2022), marca un hito en la defensa de los derechos de los usuarios de autopistas. Este caso, que quintuplicó la indemnización otorgada a un automovilista y estableció 8 canastas básicas tipo 3 como daño punitivo, pone en jaque la negligencia de las concesionarias viales. Si querés entender cómo este precedente puede protegerte y cómo nuestro estudio puede asistirte en un reclamo, te invitamos a leer este análisis detallado. Al final, encontrarás cómo contactarnos para evaluar tu caso con la seriedad y profesionalismo que nos caracteriza. #JusticiaVial #DerechosDelConsumidor
El Caso: Un Accidente que Expuso Fallas en la Seguridad Vial
Un
conductor circulaba por el Acceso Oeste, esperando las condiciones de
seguridad que el pago de peaje debería garantizar. Sin embargo, un
vehículo en contramano provocó una colisión múltiple, causando daños
materiales significativos y un profundo impacto emocional. Este
incidente, lejos de ser un hecho aislado, reveló deficiencias en la
gestión de la concesionaria responsable.
En primera instancia, se reconoció la responsabilidad parcial de la concesionaria, otorgando al demandante una indemnización que no reflejaba la magnitud del perjuicio. Ambas partes apelaron, y la Cámara Civil y Comercial de Morón, integrada por los jueces Roberto Camilo Jordá y Andrés Lucio Cunto, dictó una sentencia que redefine las obligaciones de las concesionarias viales. Este fallo no solo es un avance jurídico, sino un mensaje claro para los usuarios de autopistas: tus derechos importan.
El Pronunciamiento: Un Triunfo para el Consumidor
La Sala III analizó exhaustivamente las pruebas –fotografías, actas policiales, pericias– y emitió una resolución contundente:
Daños Materiales: Indemnización Quintuplicada
La evaluación inicial subestimó los daños al vehículo del demandante. La Cámara, apoyándose en pruebas documentales y la inspección policial, incrementó la indemnización a una suma cinco veces superior, asignando a la concesionaria el 100% de la responsabilidad. Este ajuste refleja el deber de las empresas de garantizar la seguridad en las rutas que administran.Daños Punitivos: 8 Canastas Básicas Tipo 3
Para sancionar la negligencia y prevenir futuros incumplimientos, los jueces impusieron 8 canastas básicas tipo 3 como daño punitivo, conforme al artículo 52 bis de la Ley 24.240. Esta medida busca disuadir a las concesionarias de descuidar sus obligaciones, reforzando la protección de los consumidores.Daño Moral: Compensación por el Sufrimiento
El demandante enfrentó un trauma significativo tras presenciar el accidente. La Cámara confirmó la indemnización por daño moral, destacando que este tipo de perjuicio, por su naturaleza “in re ipsa”, no requiere pruebas exhaustivas. La sentencia reconoce el impacto en la armonía vital del afectado.
Con las costas a cargo de la concesionaria, este fallo representa un avance significativo en la defensa de los derechos de los usuarios, respaldado por sólidos fundamentos legales.
Un Precedente con Alcance Transformador
Este fallo trasciende el caso individual y establece principios clave para los usuarios de autopistas:
Relación de Consumo: El pago de peaje constituye un contrato entre el usuario y la concesionaria, quien debe garantizar seguridad y fluidez (arts. 959 y 961 del Código Civil y Comercial, art. 42 de la Constitución Nacional, art. 38 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).
Responsabilidad Objetiva: Las concesionarias no pueden eludir su deber de prevenir incidentes, como la circulación de vehículos en contramano. La Cámara dejó claro que las excusas basadas en reglamentos internos no son válidas.
Daños Punitivos como Herramienta de Cambio: La sanción de 8 canastas básicas tipo 3 no solo compensa, sino que incentiva a las empresas a priorizar la seguridad vial.
Este precedente, fundamentado en la Ley de Defensa del Consumidor (24.240), es una herramienta poderosa para quienes hayan sufrido perjuicios en autopistas concesionadas.
¿Fuiste Afectado por la Negligencia de una Concesionaria? Estamos para Ayudarte
Si sufriste un accidente, daños materiales o un impacto emocional debido a fallas en una autopista, este fallo demuestra que tus derechos pueden prevalecer. En nuestro estudio, somos especialistas en materia en Defensa del Consumidor dentro de la Provincia de Buenos Aires y CABA. Abordamos cada caso con rigor profesional, recopilando pruebas y diseñando estrategias legales sólidas para maximizar tus posibilidades de obtener justicia.
Nuestra labor se rige por los más altos estándares éticos, enfocándonos en resultados basados en el análisis jurídico y no en promesas vacías. Si creés que tenés un caso, te invitamos a contactarnos. Evaluaremos tu situación con detalle y te guiaremos en cada paso del proceso.
Claves para un Reclamo Efectivo
Reuní Evidencia: Fotografías, videos, actas policiales y testimonios son fundamentales.
Conocé tus Derechos: La Ley 24.240 y el Código Civil y Comercial te protegen como consumidor.
Actuá con Rapidez: Los plazos procesales son estrictos. No dejes pasar el tiempo.
Evitá Acuerdos Precipitados: Las ofertas iniciales suelen ser insuficientes.
Confía en Especialistas: Las acciones judiciales requieren experiencia y precisión técnica.
Considerá Todos los Daños: Materiales, morales y punitivos pueden ser parte de tu reclamo.
Tu Caso Puede Hacer la Diferencia. Este fallo no solo trajo justicia a un conductor, sino que abrió un camino para que miles de usuarios de autopistas exijan el cumplimiento de sus derechos. Si fuiste afectado por la negligencia de una concesionaria, nuestro estudio está listo para representarte con profesionalismo y compromiso. Hacé clic en nuestro ícono de contacto y déjanos analizar tu caso. Juntos, podemos trabajar para que tu reclamo llegue a los tribunales y marque un precedente.