Mostrando las entradas con la etiqueta mi hermano vive en la casa de herencia. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta mi hermano vive en la casa de herencia. Mostrar todas las entradas

martes, 25 de junio de 2019

El uso de un inmueble por algún heredero

inmueble heredero

Uno de los tenas complejos que se dan , entre los herederos es el del pago de un canon locativo por parte de un heredero que detenta el uso de un inmueble objeto de la sucesión a los otros coherederos.

S i hay un heredero que usa un inmueble del acervo hereditario se debe fijar un precio como para determinar la renta que debería erogar  quien usufructúa el inmueble. Distintos pronunciamiento judiciales , han declarado que sucesor  que habita en el inmueble perteneciente a un acervo hereditario debe abonar un precio por ello, al resto de los  coherederos, habida cuenta  que su ocupación priva a estos de  poder usarlo y tal privación debe compensarse.

Cabe trae a colación, lo expresado por el distinguido  Goyena Copello, Héctor Roberto,  cuando sostiene que “…el uso de un inmueble por algún heredero o por el cónyuge supérstite puede llevar a los demás concurrentes a la herencia a reclamar una compensación monetaria por el uso temporal de él, y hasta tanto se proceda a realizar la partición…“

Siguiendo la línea del autor citado , se podría sostener que el fundamento de ese precio(canon locativo)  por el uso de bienes indivisos es que como no todos pueden residir en  la vivienda para usarla, la privación que unos sufren en beneficio de otros debe serles compensada en dinero, obligación esta que tiene carácter de irrefutable.

En tal sentido, nuestro ordenamiento legal  ha establecido que el derecho al uso y goce de las cosas comunes pertenece por igual a todos los comuneros  y la privación que unos sufren en beneficio de otros puede serles compensada en dinero

A fin de concluir,  se debe tener presente   que la doctrina mayoritaria considera que si bien no nos encontremos ante un condominio es procedente obligar al pago de un canon locativo al heredero que utiliza un inmueble del acervo hereditario de forma exclusiva.